El Real Decreto-Ley 6/2019 exige a las empresas la redacción de planes de igualdad a partir de 50 trabajadores/as

El jueves 7 de marzo de 2019 se publicó, en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

Este Real Decreto-Ley contiene siete artículos que plantean la modificación de siete normas con rango de ley que inciden de forma directa en la igualdad entre mujeres y hombres.

Aunque todo este nuevo articulado supondrá importantes ajustes y la reorganización en las empresas, queremos poner el foco en el primer artículo que plantea modificaciones en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

En él, se modifica el apartado 2 del artículo 45 de la citada ley donde se establece que las medidas de igualdad, para empresas de cincuenta o más trabajadores y trabajadoras, deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad.

Esto supone una importante modificación ya que el baremo se encontraba, hasta ahora, en 250 personas trabajadoras.

Se crea, también, un Registro de Planes de Igualdad de las Empresas, como parte de los Registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo dependientes de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y de las Autoridades Laborales de las Comunidades Autónomas, donde las empresas estarán obligadas a inscribir sus planes de igualdad.

Las empresas, dependiendo del número de personas que trabajen en ellas, tendrán diferentes períodos para la aprobación de los Planes de Igualdad:

  • Las empresas de más de 150 personas trabajadoras hasta 250, contarán con un período de 1 año.
  • Las empresas de más de 100 personas trabajadoras hasta 150, contarán con un período de 2 años.
  • Las empresas de 50 personas trabajadoras hasta 100, contarán con un período de 3 años.

Estos períodos de transitoriedad se computarán desde el día 7 de marzo de 2019, fecha de la publicación del Real Decreto-Ley 6/2019 en el Boletín Oficial del Estado.

Si desea ampliar esta información, no dude en contactar con nosotros en  info@innor.es.

INNOR. Instituto Normativo

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